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Medidas COVID-19: se extiende el uso del certificado COVID

3 de diciembre de 2021

Resueltos los problemas técnicos con el web de La Meva Salut, se recupera la medida que entró en vigor el 26 de noviembre. El certificado digital COVID de la Unión Europea es obligatorio desde las 00.00 horas del 3 de diciembre, y durante catorce días, para acceder a los bares y restaurantes, los gimnasios y las residencias de personas mayores, además de los establecimientos de ocio nocturno, donde ya estaba vigente. (Información actualizada el 2/12/2021)

Como respuesta al incremento de la incidencia del virus de los últimos días, en el marco del Procicat y con el aval del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, el viernes 26 de noviembre se publicaron las nuevas medidas para contener el brote epidémico de la COVID-19.

La principal novedad, la extensión del certificado COVID para acceder a los bares y restaurantes, los gimnasios y las residencias de personas mayores, había quedado suspendida por un colapso en el web de La Meva Salut. Resueltos los problemas informáticos, desde este viernes, 3 de diciembre, a las 00.00 horas, se recupera la medida, que estará vigente durante catorce días.

El certificado COVID, que se puede descargar desde La Meva Salut, permite acreditar tres situaciones:

  • haber completado la pauta de vacunación,
  • haber pasado el virus, o
  • disponer de un test negativo realizado en un centro homologado.

Se podrá presentar tanto en papel como en formato digital, y los responsables de los establecimientos afectados realizarán el control a través de otra aplicación que escanea el código QR del certificado.

Estas son las medidas vigentes para los diferentes sectores:

Bares y restaurantes

  • Para poder acceder al interior de bares y restaurantes, es necesario tener el certificado digital COVID de la Unión Europea. No habrá que presentarlo para consumir en la terraza.
  • Se mantiene el aforo al 100 %.
  • Es necesario utilizar la mascarilla mientras no se esté comiendo o bebiendo.

Gimnasios

  • Para poder acceder a gimnasios y salas donde se practica actividad deportiva, es necesario disponer del certificado digital COVID de la Unión Europea.
  • Las piscinas y los gimnasios pueden funcionar al 100 % de su aforo.

Residencias de personas mayores

Para poder acceder a las residencias es necesario presentar el certificado digital COVID de la Unión Europea.

Ocio nocturno, conciertos y festivales

  • Se mantiene la necesidad de tener el certificado digital COVID de la Unión Europea para poder acceder a los locales de ocio nocturno.
  • Continúa vigente el aforo al 80 % en espacios interiores, incluidos los festivales de música y conciertos que se realicen en el interior.
  • Para las discotecas, no hay restricción de horarios por la COVID, sino que se aplican los de la normativa sectorial:
- Horario de bares musicales: hasta las 2.30 horas entre semana y hasta las 3.00 horas los fines de semana y la víspera de festivos.
- Horario de discotecas: hasta las 5.00 horas entre semana y hasta las 6.00 horas los fines de semana y la víspera de festivos.

Encuentros sociales

  • Se mantiene la necesidad de tener el certificado digital COVID de la Unión Europea para poder asistir a bodas y grandes celebraciones con baile.
  • Continúa vigente la prohibición de comer y beber en la calle entre la 1.00 y las 6.00 horas, en las reuniones que concentren personas en espacios públicos.
  • Se recomienda seguir limitando los encuentros a un máximo de diez personas, a menos que se trate de convivientes.

Uso de la mascarilla

Es obligatorio el uso de la mascarilla para todas las personas de más de 6 años:

  • en todos los espacios interiores, excepto en el momento de comer o beber, y
  • en los espacios exteriores cuando no se puede mantener la distancia física interpersonal de seguridad.

Equipamientos culturales

Se mantiene el aforo al 100 % en teatros, cines, auditorios, circos, archivos, bibliotecas, museos, centro cívicos, salas de exposiciones y galerías de arte.

Acontecimientos deportivos

Se mantiene el aforo al 100 % en los acontecimientos deportivos, tanto en el exterior como en el interior.

Centros comerciales, tiendas y comercios

  • Continúa vigente la prohibición de vender bebidas alcohólicas en establecimientos comerciales entras las 22.00 y las 6.00 horas.
  • Se mantiene el aforo al 100 % de centros comerciales, tiendas y comercios.

Toda la información, en el DOGC.

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