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Los particulares y autónomos ahogados por las deudas pueden recibir asesoramiento gratis para evitar el concurso de acreedores

25 de mayo de 2021

Las cámaras de comercio, los notarios y los registradores facilitarán la mediación para que las partes acuerden soluciones que favorezcan el empleo y eviten la economía sumergida.

El Gobierno impulsa medidas extrajudiciales para mitigar la congestión de los juzgados mercantiles.

La Generalitat pone en marcha un servicio de acompañamiento a deudores en situación de insolvencia actual o inminente, a través del portal segonaoportunitat.gencat.cat. El objetivo del Gobierno es reducir los concursos de acreedores y resolver los casos de insolvencia antes de que lleguen a los juzgados, a través de los mecanismos de segunda oportunidad previstos por la Ley. Este servicio es gratuito y ayuda a las personas y autónomos ahogados por las deudas a preparar la documentación para iniciar una mediación con los acreedores. Los técnicos de la Generalitat hacen el acompañamiento inicial, identifican los casos con posibilidades reales de acuerdo y ponen los interesados ​​en contacto con el notariado, las cámaras de comercio y los registradores, para iniciar el proceso de mediación. Entre las ventajas de iniciar el proceso para un acuerdo extrajudicial de pagos a través de la mediación, destaca la paralización de la ejecución de la deuda con la subasta de la vivienda habitual.

Si las partes no llegan a ningún acuerdo extrajudicial de pagos, o si la acuerdan pero lo incumplen, se inicia el proceso judicial del concurso de acreedores. Si es así, el estudio previo del servicio de la Generalidad en facilitará la tramitación judicial, para que el caso llegará a los juzgados con una mayor y mejor información, en beneficio tanto de los deudores como de sus acreedores.

Llamada a la implicación de los principales acreedores

El Gobierno hace un llamamiento a las entidades financieras y de crédito y los suministradores de servicios básicos para que se impliquen en los mecanismos de segunda oportunidad y faciliten los acuerdos con los deudores. La resolución de los impagos a través de la mediación contribuye, por una parte, a un cambio cultural sobre la resolución de los conflictos y, por otro, a la descongestión de los juzgados, que harán frente a un previsible avalancha de casos de insolvencia por la emergencia sanitaria. Los mecanismos de segunda oportunidad permiten acuerdos más rápidos y satisfactorios para las dos partes y favorecen la continuidad de la actividad económica. La mediación por insolvencia y el concurso de acreedores son mecanismos conocidos por las empresas, pero desconocidos por los particulares, que también pueden acogerse.

Reformas legislativas urgentes para acelerar y ampliar el acceso a la exoneración de las deudas

Además de la creación del nuevo servicio gratuito de acompañamiento a los deudores, el Departamento de Justicia ha preparado una batería de enmiendas al proyecto de ley de medidas procesales y organizativas para hacer frente a la Covidien-19 y las ha hecho llegado a todos los portavoces de la Comisión de Justicia del Congreso.

En relación con la ley de la segunda oportunidad, Justicia propugna que los deudores puedan acceder al beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho (Bepi); es decir, a la exoneración de las deudas, sin pasar obligatoriamente por un intento de acuerdo extrajudicial de pagos (AEP). En cambio, actualmente, cualquier exoneración requiere, por ley, el intento de un acuerdo previo al inicio del concurso judicial. Se trata de una condición innecesaria para los deudores que no disponen de ningún patrimonio y que, por tanto, no pueden negociar ningún pago parcial a sus acreedores. Este requisito fuerza un intento imposible y dilata la posible solución.

El Gobierno también considera que hay que ampliar el acceso a la exoneración de las deudas. La regulación de la segunda oportunidad impide que se puedan beneficiar los deudores con impuestos y cotizaciones pendientes de pago a Hacienda y la Seguridad Social. Con el cambio normativo que impulsa el Departamento de Justicia, el peso de la exoneración del pasivo insatisfecho no recaería exclusivamente sobre los acreedores privados, sino que también lo asumiría el Estado, como ejemplo de compromiso con la condonación de los impagados y con la generación de nuevas oportunidades.

La batería de enmiendas del Departamento de Justicia incluye otras medidas para agilizar los asuntos de los juzgados mercantiles. Si el Congreso las aprobara, las compañías aéreas ya no podrían judicializar sistemáticamente las reclamaciones por pérdida de equipaje o cancelaciones de vuelos. En lugar de dificultar y dilatar las compensaciones, las resolverían los organismos competentes en la defensa de los intereses de los consumidores de cada territorio. En el caso de Cataluña, el servicio correspondería a la Agencia Catalana de Consumo.

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